Mario Rozenwurcel Desarrollo Web
  • ene
    17

    La libertad de información puede ser considerada un derecho.

    Pero no podemos hacer valer un derecho vulnerando otro.

    Existen límites.

    Ahora bien, habría que definir esos límites.

    Si limitar la libertad de información es censura entonces estamos ante un debate de carácter político.

    Pero si limitarla equivale a no vulnerar derechos de autor, entonces lo que estamos haciendo es hacer valer ambos derechos, por lo menos hipotéticamente.

    Lo que sí nos parece es que el derecho no se ha actualizado conforme a las nuevas relaciones que se estuvieron generando, gracias a la tecnología digital, en los últimos diez años (más o menos).

    Hay quién dice que el derecho norma las reglas de convivencia.

    ¿Si es así, cómo pueden convivir dos derechos que se contradicen (aparentemente)?

    Y esta es la cuestión de fondo.

    Pero, como hemos intentado advertir anteriormente en uno de nuestros posts, la información digitalizada es el núcleo del debate. Información que puede o no estar protegida por copyright.

    Pero también, la información digitalizada casi diríamos que no esta suficientemente reglada.

    Conclusión (una de tantas posibles): es necesario definir qué es y qué no es información digitalizada, además de qué normas no contradictorias se le aplicarían a la misma.

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  • ene
    12

    Los servicios de pagos online como Paypal y MercadoPago sirven, por ejemplo, para evitar el costo de remesas hechas por otros medios.

    La profundización de estos servicios ha facilitado diversidad de usos: originalmente se los utilizaba para saldar pagos de comercio electrónico pero luego se generalizaron.

    Y esto ya implica un movimiento financiero internacional.

    En materia de seguridad financiera son seguros, por ello es de esperar que otros jugadores (hipotéticamente) entren al  mercado.

    Es que, qué más fácil que hacerlo desde tu computador sentado en tu casa.

    Pero insistimos no deja de ser una cuestión de seguridad.

    Son movimientos casi iguales a los offshore y no creemos estar demasiado errados.

    Por ello el alerta va dirigido hacia las compañías que ofrecen estos servicios para no caer victimas de maniobras non sanctas.

    Esperamos haber sido claros al respecto.

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  • ene
    8

    Hace tiempo que no posteamos un video musical.

    Aquí, FreeSol – Fascinated ft. Justin Timberlake, Timbaland

    Posee cierto contexto tecnológico en una metáfora de estudio de grabación.

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  • ene
    5

    Es muy difícil hablar de piratería cuando intentamos sostener el principio de libertad de información: literalmente.

    Deberíamos definir o redefinir lo que es y lo que no es libertad de información.

    Pero tampoco podemos vulnerar el trabajo ajeno.

    Suena a dilema o paradoja.

    ¿Cómo sostener la libertad de información sin vulnerar el derecho establecido?

    Es que el vacío legal parece inmenso.

    O no.

    De todas maneras, nos parece, que a la Web le están faltando nombres, palabras, significados.

    Es un universo no traducido dado que se introduce como nueva realidad.

    ¿Qué es información? ¿Un archivo digital, es música, película o solamente información digital?

    Parece que aquí tenemos un indicio: información digital.

    Piratear sería algo así como contrabandear información digital protegida por derechos de autor.

    Información digital que debería gozar a su vez de una firma digital que la selle como tal.

    Honestamente no le encontramos una solución a la discusión.

    Y lo mejor es que el debate se ha polarizado.

    Esperemos que se resuelva pronto, es lo único que podemos decir.

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